Está prohibido el adelantamiento en las intersecciones y sus proximidades salvo

¿Qué es una carretera interurbana?

Las disposiciones del presente capítulo serán aplicables y uniformes en todo el Estado y en todas las subdivisiones políticas y municipios del mismo, y ninguna autoridad local promulgará ni aplicará ordenanza, norma o reglamento alguno que entre en conflicto con las disposiciones del presente capítulo, a menos que esté expresamente autorizado en el mismo. No obstante, las autoridades locales podrán, con sujeción a las limitaciones prescritas en el artículo 56-5-930, adoptar normas de tráfico adicionales que no entren en conflicto con las disposiciones del presente capítulo.

Todas las disposiciones de este capítulo, excepto los Artículos 27, 33, 37 y 39 y la Sección 56-5-910, se aplican a todas las carreteras dentro de los límites de las tierras en los condados de Aiken, Allendale y Barnwell adquiridas o que serán adquiridas por el Gobierno de los Estados Unidos para uso del Departamento de Energía.

El sobre en el que se envíe por correo una notificación que el Departamento de Vehículos Automotores deba enviar por ley, que no sea por correo certificado o registrado, deberá llevar impreso en negrita “Please Forward”.

(a) los requisitos relativos a la matriculación, permisos, longitud, anchura, peso y carga quedan suspendidos para los vehículos comerciales y utilitarios que circulen por rutas no interestatales durante un máximo de ciento veinte días, siempre que los vehículos no superen un peso bruto de noventa mil libras y no superen una anchura de doce pies;

En general, ¿dónde está prohibido adelantar?

Explicación. En túneles o pasos subterráneos como el de la imagen, con circulación en ambos sentidos pero con un solo carril para cada sentido de circulación, está prohibido adelantar.

¿Está prohibido adelantar en las rotondas?

Adelantar en una rotonda o glorieta es una de las excepciones a la prohibición de adelantar en las intersecciones. Por lo tanto, está permitido adelantar en ellas tanto desde el carril exterior si se pretende salir como desde el carril interior si se continúa en la glorieta hasta la siguiente salida.

¿Está permitido adelantar en los pasos de peatones y en las inmediaciones?

NO DEBE aparcar en un cruce ni en la zona cubierta por las líneas en zig-zag. NO DEBE adelantar al vehículo en movimiento más próximo al cruce ni al vehículo más próximo al cruce que se haya detenido para ceder el paso a los peatones.

En las carreteras de tres carriles, por regla general, deben utilizarse los carriles exteriores.

Los conductores de vehículos que circulen en sentidos opuestos se adelantarán por la derecha, y en las calzadas cuya anchura no permita más de una línea de circulación en cada sentido, cada conductor cederá al otro, en la medida de lo posible, al menos la mitad de la parte principal de la calzada. (Ord. 2910 § 5 (Par. I (parte)), 1995)

Ningún vehículo deberá circular por el lado izquierdo del centro de la calzada para adelantar o rebasar a otro vehículo que circule en la misma dirección, a menos que lo autoricen las disposiciones del presente capítulo y que dicho lado izquierdo sea claramente visible y esté libre de tráfico en sentido contrario durante una distancia suficiente para permitir que el adelantamiento y el rebasamiento se realicen por completo sin interferir en la seguridad de cualquier vehículo que se aproxime desde la dirección opuesta o de cualquier vehículo adelantado. En todos los casos, el vehículo que adelanta debe volver a un carril de circulación autorizado tan pronto como sea posible y, en el caso de que el movimiento de adelantamiento implique el uso de un carril autorizado para vehículos que se aproximan desde la dirección opuesta, antes de acercarse a menos de doscientos (200) pies de cualquier vehículo que se aproxime desde la dirección opuesta. (Ord. 2910 § 5 (Par. I (parte)), 1995)

En esta autopista dentro de los límites urbanos a qué velocidad máxima se puede circular si no hay señalización

Ninguna persona podrá conducir un vehículo de motor ligero por el arcén de una vía pública durante el período comprendido entre la salida y la puesta del sol. Dicho vehículo podrá circular por el arcén de una vía pública destinada a un carril de circulación en cada sentido

La señal luminosa “hombre rojo” indica a los peatones que no pueden cruzar la calzada en una intersección hasta que aparezca la señal luminosa “hombre verde”. Los peatones deben permanecer inmóviles en la acera hasta que se muestre una señal luminosa de “hombre verde”.

verde. Si la luz roja parpadea, los peatones que no hayan entrado en la calzada deberán esperar hasta que aparezca la luz verde. Los peatones que ya se encuentren en la intersección deberán cruzarla lo más rápidamente posible.

No cruce la línea, excepto para acceder directamente a una entrada al otro lado de la línea, para acceder directamente desde dicha entrada a la calzada o para pasar un obstáculo inmóvil. En todos estos casos debe asegurarse de que

Circule por el círculo únicamente en la dirección indicada por las flechas. Ceda el paso al tráfico que viene por su derecha. En un minicírculo, ceda el paso al tráfico que llegue primero a su línea de ceda el paso antes de que usted llegue a la suya. Conduzca despacio

Vehículos prioritarios en la carretera

CÓDIGO DE TRANSPORTETÍTULO 7. VEHÍCULOS Y TRÁFICOSUBTÍTULO C. NORMAS DE CIRCULACIÓNCAPÍTULO 545. OPERACIÓN Y MOVIMIENTO DE VEHICLESSUBCAPÍTULO A. DISPOSICIONES GENERALESSSec. 545.001. DEFINICIONES. En este capítulo:(1) “Equipo de vía” significa cualquier coche, material rodante, equipo u otro dispositivo que, solo o acoplado a otro dispositivo, se opera en una vía férrea.(2) “Pass” o “pasar” utilizado en referencia a un vehículo significa adelantar y proceder más allá de otro vehículo que se mueve en la misma dirección que el vehículo que pasa o para intentar esa maniobra.(3) “Autobús escolar” incluye un autobús de actividad escolar multifunción.

Sec. 545.002. OPERADOR. En este capítulo, una referencia a un operador incluye una referencia al vehículo operado por el operador si la referencia impone un deber o proporciona una limitación en el movimiento u otra operación de ese vehículo.

Sec. 545.052. CONDUCIR MÁS ALLÁ DE VEHÍCULO QUE SE MUEVE EN DIRECCIÓN OPUESTA. Un operador que se mueve en la dirección opuesta del movimiento de otro operador deberá: (1) mover o permanecer a la derecha, y (2) en una carretera lo suficientemente amplia como para no más de una línea de movimiento del vehículo en cada dirección, dar el otro operador: (A) al menos la mitad de la parte principal transitada de la carretera, o (B) si el cumplimiento del párrafo (A) no es posible, tanto de la carretera como sea posible.