El conductor de un turismo averiado debe colocar un solo dispositivo de preseñalización de peligro

Qué elementos de seguridad del coche exige la ley

Art. 547.002. APLICABILIDAD. A menos que una disposición se hace específicamente aplicable, este capítulo y las normas del departamento adoptadas en virtud del presente capítulo no se aplican a: (1) un instrumento de la agricultura, (2) maquinaria vial, (3) un rodillo de carretera, (4) un tractor agrícola, (5) una bicicleta, un ciclista, o equipo de bicicleta, (6) una bicicleta eléctrica, un ciclista eléctrico, o equipo de bicicleta eléctrica, (7) un carrito de golf, (8) un vehículo eléctrico de barrio, o (9) un vehículo fuera de carretera.

Art. 547.003. EQUIPOS NO AFECTADOS. Este capítulo no prohíbe y el departamento por regla no puede prohibir el uso de: (1) equipo requerido por una agencia de los Estados Unidos; o (2) una parte o accesorio no incompatible con este capítulo o una regla adoptada bajo este capítulo.

Sec. 547.004. DELITOS GENERALES. (a) Una persona comete una ofensa que es un delito menor si la persona opera o mueve o, como propietario, a sabiendas permite que otro opere o mueva, un vehículo que: (1) es inseguro como para poner en peligro a una persona; (2) no está equipado de una manera que cumpla con las normas de equipamiento de vehículos y los requisitos establecidos por este capítulo; o (3) está equipado de una manera prohibida por este capítulo. (b) Una persona comete una ofensa que es un delito menor si la persona opera un vehículo equipado con un elemento del equipo del vehículo que la persona sabe que se ha determinado en un procedimiento de cumplimiento en virtud de la Sección 547.206 que no cumple con una norma del departamento. (c) Un tribunal podrá desestimar un cargo presentado en virtud de esta sección si el acusado: (1) remedia el defecto antes de la primera comparecencia del acusado ante el tribunal; y (2) paga una cuota de reembolso que no exceda de $ 10. (d) La subsección (c) no se aplica a un delito relacionado con un vehículo de motor comercial.

El conductor de un tractor no llevará

Utilizar una silla de coche, también llamada silla de seguridad infantil, es la mejor forma de proteger a tus hijos cuando van en coche. Los accidentes de coche son una de las principales causas de muerte y lesiones infantiles. Como las sillas de seguridad salvan vidas, su uso es obligatorio en todos los estados de Estados Unidos.

Los bebés empiezan a viajar en sillas sólo para bebés (orientadas hacia atrás) o en sillas convertibles. A medida que crecen, los niños cambian a asientos orientados hacia delante antes de pasar a un asiento elevador. A continuación te explicamos qué silla debes utilizar y cuándo.

Los asientos sólo para bebés se adaptan mejor a los recién nacidos y a los bebés más pequeños. Tendrás que comprar otro asiento cuando a tu bebé se le quede pequeño. Las sillas infantiles están diseñadas para proteger a los bebés desde que nacen hasta que alcanzan los 16 kilos (35 libras), según el modelo.

Los asientos infantiles deben instalarse siempre mirando hacia la parte trasera del coche. Un niño pequeño tiene muchas menos probabilidades de morir o sufrir lesiones graves cuando va en un asiento orientado hacia atrás. Esto se debe a que, en caso de accidente, el respaldo del asiento de seguridad acunará la cabeza, el cuello y el torso del bebé. A esta edad, el cuello del niño no suele ser lo bastante fuerte como para sostener la cabeza en caso de accidente.

¿Cuáles son los 5 elementos de seguridad de un coche?

Los agentes de tráfico están facultados para detener vehículos en la mayoría de las autopistas y en algunas carreteras de clase “A” de Inglaterra y Gales. Si los agentes de tráfico uniformados quieren detener su vehículo por motivos de seguridad (una carga insegura), siempre que sea posible, llamarán su atención mediante:

Debe obedecer todas las señales de los semáforos y las señales de tráfico que den órdenes, incluidas las señales temporales. Asegúrese de conocer, comprender y actuar conforme a todas las demás señales de tráfico e información y marcas viales.

En las colas de tráfico paradas, los conductores deben accionar el freno de mano y, una vez que el tráfico que les sigue se haya detenido, levantar el pie del freno de mano para desactivar las luces de freno del vehículo. Esto minimizará el deslumbramiento de los usuarios de la carretera que circulan detrás hasta que el tráfico se mueva de nuevo.

No debe utilizar las luces de emergencia mientras conduce o es remolcado, a menos que se encuentre en una autopista o autovía sin restricciones y necesite advertir a los conductores que circulan detrás de usted de un peligro u obstrucción.

Si su vehículo está equipado con frenos antibloqueo, siga los consejos del manual del vehículo. No obstante, en caso de emergencia, accione el freno de pie con firmeza y no lo suelte hasta que el vehículo haya reducido la velocidad a la deseada.

El conductor de un vehículo puede adelantar

Aunque se ha hecho todo lo posible para garantizar la exactitud de esta versión electrónica, el Registro de Reglamentos no asume ninguna responsabilidad por cualquier discrepancia que pueda haber resultado del reformateo.

(2) No obstante lo dispuesto en el apartado (1), ningún vehículo fabricado antes del 1 de diciembre de 1937 está obligado a tener cristales de seguridad en el parabrisas y las ventanillas, siempre que los cristales existentes cumplan con los requisitos de este reglamento, pero cuando no sea así, la sustitución deberá realizarse de conformidad con el apartado (1).

(3) El apartado (1) no se aplica al cristal de una ventana de un vehículo propiedad de un municipio y destinado a ser utilizado con fines de emergencia, cuando la calidad del cristal sea satisfactoria para el Registrador.

(2) En este reglamento se entiende por “zona de visión crítica” la zona del parabrisas barrida por las escobillas limpiaparabrisas cuando están en funcionamiento, correctamente ajustadas y utilizando escobillas instaladas de fábrica o sustitutos equivalentes.

(2) Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados (4) y (5), ninguna persona podrá conducir en carretera un vehículo de motor cuyo parabrisas o ventanilla situados directamente a la derecha o a la izquierda del asiento del conductor hayan sido rociados, recubiertos o cubiertos con una sustancia que reduzca o tenga por objeto reducir la cantidad de luz que puede transmitirse a través del parabrisas o ventanilla situados directamente a la derecha o a la izquierda del asiento del conductor.